CONSEJO DE MINISTROS
Imagen de la rueda de prensa tras el Consejo de Ministros para informar de los acuerdos alcanzados.Imagen de la rueda de prensa tras el Consejo de Ministros para informar de los acuerdos alcanzados.

El Gobierno interpone un recurso de inconstitucionalidad contra los Toros a la balear

Por invadir competencias estatales
Redacción APLAUSOS
viernes 10 de noviembre de 2017

El Consejo de Ministros de este viernes ha aprobado la interposición de un recurso de inconstitucionalidad contra la Ley 9/2017, del Gobierno de las Illes Balears, de regulación de las corridas de toros y de protección de los animales en esta Comunidad Autónoma. El Acuerdo por el que se solicita el recurso cuenta con el preceptivo informe favorable del Consejo de Estado e invoca el artículo 161.2 de la Constitución, a fin de que se produzca la suspensión de dicha Ley autonómica.

Se considera que esta Ley balear incurre en inconstitucionalidad porque invade o menoscaba competencias estatales que regulan las condiciones básicas que garantizan la igualdad de todos los españoles en el ejercicio de sus derechos y deberes. También invade competencias estatales en materia de bases y coordinación de la planificación general de la actividad económica y de la defensa del patrimonio cultural, artístico y monumental español, así como en las de seguridad pública.

A ello se añade que, a diferencia de otras Comunidades Autónomas, la de Illes Balears no tiene recogido en su Estatuto de Autonomía competencias específicas para la protección de los animales.

Cabe señalar que el Tribunal Constitucional dictó sentencia, el 25 de noviembre de 2016 sobre la Ley catalana de protección de los animales, indicando que “es competencia de la Administración General del Estado garantizar la conservación y promoción de la Tauromaquia como patrimonio cultural”.

Esta medida dejará en suspenso la ley del gobierno autonómico durante cinco meses mientras el Tribunal Constitucional estudia el caso.

La Ley, que entró en vigor el pasado 3 de agosto, prohibe que se mate al toro y que se utilicen banderillas y puyas. Sólo se puede hacer uso del capote y la muleta. Además, no se pueden celebrar espectáculos con caballos. También estipula que el máximo de toros que se pueden lidiar por espectáculo serán tres y que la lidia de cada uno de ellos no puede durar más de diez minutos. Al finalizar el espectáculo, el toro deberá ser devuelto a la ganadería. Asimismo, se controlará la edad del toro y no se podrán celebrar novilladas. Además establece que los toros y los toreros deberán pasar un control antidopaje antes y después de la corrida. Y deberá haber un cartel dentro y fuera de la plaza en el que se advierta de que el espectáculo puede herir la sensibilidad de los espectadores, entre otras medidas.

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