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Treinta días para emprender acciones legales: Ciudad de México publica oficialmente la prohibición encubierta

La jefa de Gobierno de la CDMX, Clara Brugada, oficializó este martes su "ley de tauromaquia a la balear" para prohibir las corridas de toros en su integridad tradicional en la capital del país. Una semana después de haber sido votada la iniciativa animalista en contra de los toros, este martes la nueva normativa ha sido publicada en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, por lo que el sector taurino tendrá treinta días hábiles a partir de mañana para emprender las acciones legales que correspondan.

En su edición número 1.574 de la Gaceta del 25 de marzo de 2025, aparece el decreto ordenado por Clara Brugada, que entrará en vigor este miércoles (26 de marzo) y en el que se recogen los puntos de la prohibición encubierta que han denominado "espectáculo taurino sin violencia", y que suponen modificaciones sobre la Ley para la Celebración de Espectáculos Públicos y el Reglamento Taurino de la capital.

La nueva normativa ha sido publicada en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México.

En el documento informan que el 11 de septiembre de 2025, el gobierno de la CDMX expedirá un nuevo absurdo reglamento taurino, que recoge estos puntos que imposibilitarían del todo la celebración de los espectáculos taurinos:

48.- Bis. En los espectáculos taurinos sin violencia se prohíben las lesiones dentro y fuera del evento, así como la muerte del toro dentro y fuera de la plaza. Además, se debe garantizar la protección de su integridad física.  Se deben proteger los cuernos del toro y/o novillo para prevenir lesiones a otros animales o personas.  Al finalizar el espectáculo taurino sin violencia, el toro o novillo deberá ser devuelto a la ganadería o a su propietario.  

48 Ter. Se prohíbe la utilización de objetos punzantes que provoquen heridas, lesiones o la muerte del toro o novillo, como la puya, banderillas, estoque, rejón, descabellos y puntillas.  Sólo se puede utilizar el capote y la muleta.  

48 Quáter. El tiempo máximo de actuación para cada toro o novillo en el espectáculo taurino sin violencia será de 15 minutos, con un límite de 6 ejemplares por evento. La duración total del espectáculo taurino sin violencia se ajustará a lo establecido en el Reglamento.

Acerca de las sanciones para quien lesione a un toro en un evento que, evidentemente nunca se va a llevar a cabo, es de "2000 a 3000 veces la unidad de medida y actualización vigente por cada animal lesionado o muerto, en caso de violación a lo dispuesto en los artículos 48 Bis, 48 Ter y 48. Esto, sin perjuicio de las sanciones contenidas en las demás disposiciones legales aplicables".

Salvador Arias, abogado de Tauromaquia Mexicana, confirmó la nueva norma, y reiteró en Aplausos que buscarán "frenarla" de todas las maneras legales.

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Redacción APLAUSOS

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