EN EL BOJA

Andalucía publica los nuevos aforos para las plazas de toros

Redacción APLAUSOS
sábado 08 de mayo de 2021
Establece hasta un 60% de aforo como límite en función del nivel de alerta sanitaria en el que se encuentre cada provincia

La Junta de Andalucía ha publicado en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía -BOJA- las nuevas medidas de prevención y aforo para las plazas de toros que se implementarán en esta comunidad una vez finalice este domingo el estado de alarma en toda España.

Según el BOJA, en el nivel de alerta sanitaria 1 no se podrá superar un máximo del 60% de aforo autorizado. En las actividades realizadas en estos recintos se podrá facilitar la agrupación de espectadores hasta un máximo de 6 personas. Entre grupos de personas que adquieran las localidades conjuntamente existirá al menos una localidad de la que no se hará uso, tanto por la fila delantera como la trasera y a ambos lados del grupo.

– En el nivel de alerta sanitaria 2 no se puede superar el límite del 50% del aforo permitido. En las actividades realizadas en estos recintos se podrá facilitar la agrupación de espectadores hasta un máximo de 6 personas. Entre grupos de personas que adquieran las localidades conjuntamente existirá al menos una localidad de la que no se hará uso, tanto por la fila delantera como la trasera y a ambos lados del grupo.

– En el nivel de alerta sanitaria 3, no se puede superar el límite del 40% del aforo permitido. Las localidades asignadas deben guardar una distancia de seguridad de 1,5 metros respecto a las personas que ocupen asientos contiguos en la misma fila del tendido o butaca y no podrán ocuparse las localidades inmediatamente anterior ni posterior de cada fila de tendido o butacas.

– En el nivel de alerta sanitaria 4 no podrá haber espectadores en la plaza.

MEDIDAS DE PREVENCIÓN

Entre otras medidas de prevención, se establece que las plazas de toros podrán desarrollar su actividad siempre que cuenten con localidades preasignadas y numeradas, y se garantizará en todo momento que las personas que asistan al espectáculo permanecerán sentadas y provistas de su correspondiente mascarilla de protección.

– Con carácter general, deberán tenerse en cuenta las siguientes normas:

a) La circulación de las personas por el recinto deberá organizarse de manera que

se respete la distancia de seguridad interpersonal. La apertura de puertas se realizará con antelación suficiente para permitir un acceso escalonado. La salida del público deberá procurarse que se realice también de forma escalonada por zonas, garantizando la distancia de seguridad entre personas, debiendo indicarse mediante la oportuna señalética.

b) No se permitirá la venta de bebidas o comidas de forma itinerante dentro de las instalaciones, ni su consumo fuera de los lugares señalados al efecto, salvo agua envasada.

c) En el caso de que se preste algún tipo de servicio de hostelería y restauración, la prestación de este se ajustará a lo previsto para los establecimientos de hostelería y restauración.

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