Categorías: La calle del toro

Aprobada la modificación del decreto que regula los "Bous al Carrer"

El conseller de Gobernación de la Generalitat Valenciana, Serafín Castellano, ha anunciado este mediodía que la Comisión de Festejos Taurinos Tradicionales, "Bous al Carrer" ha aprobado una propuesta para que se modifiquen algunos aspectos del Decreto de Festejos Taurinos Tradicionales como es la introducción de la madera como elemento de construcción en barreras verticales, cadafales y plazas de toros portátiles siempre que el componente metálico sea el elemento preferente en la construcción. El conseller ha añadido que La Comunidad Valenciana cuenta con el Decreto “más estricto y riguroso en materia de seguridad porque la cantidad de eventos festivos debe ir de la mano de la calidad de los mismos que se traduce en el necesario control y verificación de la seguridad y respeto a los animales”. En este sentido, Castellano ha recordado que en la Comunitat Valenciana se celebran festejos taurinos 7 de cada 10 días del año, y de entre los meses de julio y septiembre todos los días sin excepción tiene lugar algún espectáculo taurino en la Comunitat. PROPUESTAS MÁS DESTACADAS Castellano ha explicado que la modificación del Decreto 24/2007 se refiere a los elementos de cierre y delimitación en aquellos aspectos que no estaban lo suficientemente expresos y hace hincapié en los elementos de protección, cierre y delimitación, así como en lo relativo a las plazas de toros portátiles. Asimismo, entre las modificaciones aprobadas se encuentra la admisión de los elementos de diversión, como son las pirámides, entablados o cajones, destinados a dinamizar y potenciar la movilidad de las personas y las reses. El conseller ha matizado que estos elementos no serán considerados como obstáculos en el recorrido, recinto o plaza, y se deberán colocar en espacios y calles amplias. También se regula la figura de las plazas de toros portátiles y se introduce el concepto de “recinto taurino”. En este sentido, Castellano ha explicado que plaza de toros portátil es aquella instalación que cumple todos los requisitos y condiciones previstos por el Título II del Decreto, y recinto taurino es la instalación que presenta algún cambio o modulación sobre dicha regulación. Asimismo, en la plaza se podrán efectuar espectáculos y festejos taurinos, y en un recinto sólo y exclusivamente festejos de bous al carrer. Por último, el conseller de Gobernación ha anunciado que se elaborará un Código de buenas prácticas para luchar contra el maltrato animal y velar por el respeto a los animales que participan en los festejos taurinos tradicionales.

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Redacción APLAUSOS

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