Este miércoles la Corte Constitucional de Colombia ha declarado nula la sentencia que este mismo organismo dictó en 2017 en la que consideraba que las corridas de toros debían ser penalizadas por maltrato animal. En aquella ocasión, el tribunal le dio dos años al Congreso para legislar sobre la tauromaquia o quedaría prohibida desde febrero de 2019.
Tras la petición de anulación de esta sentencia por parte de algunos sectores, la Corte Constitucional revisó el caso. Tras estudiar de nuevo la medida, el magistrado Antonio José Lizarazo presentó una ponencia en la que reconocía el arraigo popular de las corridas de toros, novilladas, rejoneo y peleas de gallos y pedía la anulación del fallo de 2017. Este miércoles, finalmente, la Corte Constitucional apoyó esta ponencia con siete votos a favor y dos en contra.
El cambio de postura se explica desde el punto de vista jurídico en que la Corte Constitucional no tiene autoridad para prohibir las corridas de toros, sino que es potestad del Congreso, y que no tuvieron en cuenta la jurisprudencia que la misma Corte sentó tras una sentencia en 2010 que reconocía el arraigo de estas tradiciones en Colombia. Además, hay que tener en cuenta el cambio de los miembros de la Corte Constitucional, con la salida de los magistrados favorables a la prohibición y la entrada de otros más cercanos a la causa taurina, que ya rechazaron la consulta taurina que pretendía llevar a cabo el nuevo alcalde de Bogotá.
De esta manera, la fiesta de los toros tiene el futuro legal despejado en Colombia.
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