La Junta Directiva del Colegio de Abogados de Lima, a través del Acuerdo N° 051-2014, aprobó en forma oficial y como pronunciamiento institucional, el dictamen de la Comisión de Estudios de Derecho Constitucional y Procesal Constitución que establece que la condición de manifestación cultural otorgada a las corridas de toros por el Tribunal Constitucional, se encuentra dentro del marco legal de la Constitución del Perú y el sistema normativo vigente.
La decisión del gremio de abogados se origina en una solicitud del Frente Antitaurino del Perú, presentada el pasado 31 de enero de 2014, con la que se pretendía obtener una opinión legal contraria al Tribunal Constitucional, que a través de la sentencia 017-2011 reconoció que las corridas de toros son una manifestación cultural que forma parte de la diversidad cultural peruana.
Con este pronunciamiento circunscrito a argumentos estrictamente jurídicos, se reafirma la plena legalidad de la tradición taurina, que como manifestación cultural, forma parte del contenido constitucionalmente protegido por los derechos fundamentales; precisamente, el derecho humano a la cultura que garantiza a todos los ciudadanos la libertad de elegir y practicar las manifestaciones culturales que forman parte de su propia identidad.
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