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“El Gobierno puede decantar la decisión del Constitucional sobre la prohibición”

El Partido Popular podría decantar claramente la balanza de la decisión del Tribunal Constitucional, respecto a la prohibición de las corridas de toros en Cataluña, según el Catedrático de Derecho Constitucional Joan Vintró Castells. Esto sería posible mediante un Decreto que presentara el Gobierno, algo que no le llevaría más de tres meses. El Decreto según Vintró “debería reconocerla Fiesta de los Toros como Patrimonio Histórico”. Esta posibilidad no es descabellada, ya que el PP lleva en su programa la protección de la Fiesta de los Toros.

Estas declaraciones se efectuaron en el marco de las Conferencias que la Federación de Entidades Taurinas organiza todos los años, donde el catedrático de la Universidad de Barcelona, realizó su ponencia.

En una conferencia íntegramente en catalán Vintró puntualizó que la prohibición de las corridas de toros en Cataluña vulnera varios artículos de la Constitución, además del Decreto de la Medalla de las Bellas Artes (otorgada a varios toreros) o la Ley de Patrimonio Histórico.

En concreto explicó Vintró, los artículos que vulneran la Constitución según el recurso de anti constitucionalidad presentado por 50 senadores del PP son el 20, 44 y 46. El primero se refiere a la libertad de expresión y creación artística. Por otro lado si entendemos la corrida de toros como un fenómeno cultural, la prohibición vulneraría el artículo 44 en tanto en cuanto “prohibiría el acceso a una manifestación artística”. Por último refiriéndose al artículo 46 la prohibición también entraría en conflicto con la obligación de los Poderes Públicos de proteger el Patrimonio Histórico y Cultural de España.

Para Vintró el intríngulis de la cuestión está en determinar si realmente la Fiesta de los Toros, es considerada Patrimonio Cultural e Histórico de España. Para reforzar esto, es fundamental la consecución de la ILP taurina que pretende declararla Fiesta de los Toros como Bien de Interés Cultural o que el Gobierno lo declarara mediante un Decreto.

La cuestión económica tampoco pasó desapercibida, teniendo en cuenta además que su organización general es competencia del Estado. También entran en juego los artículos 38 y 139 de la Constitución referidos a la libertad de empresa el primero y a la libre circulación de servicios, bienes y personas a lo largo del territorio español.

El catedrático señaló a la vez un punto fundamental que es el artículo 93 de la Constitución. Este habla de que los Poderes Públicos deben tener arbitrariedad y criterios de proporcionalidad en sus decisiones. En ese sentido “si con la Ley de la prohibición se pretende el bienestar animal, no se comprende que unos días después de la prohibición se pretendiera por parte del Parlament de Catalunya blindar y fomentar los Correbous.

Vintró se refirió a que el Tribunal Constitucional debería tener en cuenta acelerar la resolución, ya que indistintamente de su decisión, ésta en caso de llegar tarde, ya podría tener efectos irreversibles.

El catedrático recordó por último que la normativa europea respecto a la protección de los animales, debe darse respetando en primer lugar las tradiciones de los diferentes lugares.

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“El Gobierno puede decantar la decisión del Constitucional sobre la prohibición”

David Guillén

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