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El juzgado amplía la causa por prevaricación en el caso de la plaza de Villena

Catalina Hernández y Mª del Carmen García prestarán declaración el próximo 1 de julio en el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción n.º 2 de Villena, en cuanto a miembros de la Junta de Gobierno Local que, en fecha 3 de septiembre de 2018, adoptaron el acuerdo que denegó el uso de la plaza solicitado por la Peña Cultural Taurina Villenense.

Esta decisión se adopta tras el fallo de la sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana en el que se desestiman las pretensiones del Ayuntamiento de Villena, confirmando la sentencia que estima las pretensiones de la Fundación Toro de Lidia.

Un recorrido judicial iniciado por la FTL en 2016:

En 2016, ante la negativa del Ayuntamiento de Villena a realizar una corrida de toros por considerar “que los espectáculos taurinos tienen connotaciones negativas y no conviene asociarlo al municipio”, el TSJ de la Comunidad Valenciana dictaminó que el Ayuntamiento carecía de competencia tanto para autorizar o denegar la celebración de espectáculos taurinos como para cuestionar los rasgos jurídicos que definen la tauromaquia como bien de interés cultural y condenó al consistorio a abonar las costas del procedimiento. 

Un año más tarde y ante la misma situación, una nueva resolución judicial insiste en que “siendo la tauromaquia un patrimonio cultural digno de protección en todo el territorio nacional, el municipio de Villena no constituye una excepción a esta máxima establecida legalmente; y dado que los poderes públicos deben ejercer una acción de salvaguarda de la tauromaquia, el Ayuntamiento de Villena también se encuentra comprometido dentro de tal exigencia legal” y le condena de nuevo a las costas. 

En 2018 y ante las dos últimas resoluciones judiciales en contra de la negativa del Ayuntamiento, se solicitó de nuevo la plaza de toros de Villena para realizar una corrida de toros. En este caso, el consistorio no denegó la solicitud explícitamente pero sí por silencio administrativo.

El Tribunal en esta ocasión condenó al Ayuntamiento de Villena basándose en la jurisprudencia generada por los procedimientos anteriores interpuestos por la FTL y añadió que el silencio administrativo, al no dar razones para negar la solicitud, coloca a la parte demandante “en la más absoluta indefensión”, cerrando así también esta postura del consistorio.

En paralelo, y dada la actitud arbitraria de Francisco Javier Esquembre que continúa impidiendo la celebración de un espectáculo taurino en Villena, la FTL inició un procedimiento por la vía penal que fue admitido a trámite el 28 de mayo de 2019.

En ese procedimiento, además de al propio alcalde, el juzgado llama a declarar como investigadas a Catalina Hernández y Mª del Carmen García como miembros de la Junta de Gobierno Local que también adoptaron el acuerdo que denegó el uso de la plaza solicitado por la Peña Cultural Taurina Villenense y que, por tanto, habrían impedido también con su actuación la celebración de los festejos taurinos.

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El juzgado amplía la causa por prevaricación en el caso de la plaza de Villena

Redacción APLAUSOS

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