El Tribunal Supremo ha anulado la exclusión de los espectáculos taurinos del ámbito de aplicación del Bono Cultural Joven del Gobierno. La Sala ha estimado el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la Fundación Toro de Lidia y ha anulado los artículos del Real Decreto que regula este bono y que consideraban ese tipo de espectáculos como no subvencionables.
El Alto Tribunal entiende que el Gobierno no justificó debidamente la exclusión de la tauromaquia en el ámbito de aplicación de este bono cultural, que supone una ayuda pública de 400 euros para los jóvenes a la hora de consumir productos culturales.
La Sala del Supremo subraya que no le compete “resolver si los espectáculos taurinos son manifestaciones culturales”. De este modo, considera que la justificación del Gobierno para excluir a los toros del Bono Cultural Joven se basa en “explicaciones genéricas” que son “insuficientes cuando median disposiciones legales específicas que imponen a los poderes públicos la obligación de actuar positivamente en un determinado ámbito, tal como sucede con el de la tauromaquia”.
“La conclusión que se impone no puede ser otra, por tanto, que la estimación del recurso contencioso-administrativo por no haberse justificado la exclusión de los espectáculos taurinos del ámbito de aplicación del Bono Cultural Joven, sin que sea necesario hacer ulteriores pronunciamientos”, concluye la sentencia. El Supremo también impone las costas de este recurso a la Administración.
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