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El TSJ balear falla a favor de la Fundación tras la declaración de Calvià como municipio antitaurino

El Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares estima la apelación presentada por la Fundación Toro de Lidia al fallo de la sentencia 276/2020, de 13 de marzo, del juzgado Contencioso-Administrativo nº 2 de Palma. Esa sentencia de primera instancia desestimaba el recurso contencioso administrativo interpuesto por la FTL tras la aprobación por parte del pleno del Ayuntamiento de Calviá de una moción que declaraba al municipio como “amigo de los animales y antitaurino”.

Los hechos se remontan al 29 de octubre de 2015 cuando salió adelante la moción del grupo Esquerra Oberta declarando a dicho municipio contrario a la práctica de las corridas de toros y manifestando su voluntad de que no se celebren corridas de toros en ninguna plaza de toros de las Islas Baleares.

El manifiesto aprobado en ese pleno “implícitamente prohíbe las corridas de toros, debido a que manifiesta la intención de no otorgar las autorizaciones pertinentes, siendo competente el Ayuntamiento, por lo que implica una conculcación de la legalidad, además de que no puede adoptar actos que pretendan afectar a las Islas Baleares, más allá del ámbito de su competencia”.

La Sala de los Contencioso-administrativo anula ese acuerdo del ayuntamiento de Calviá argumentando que “consiste en una declaración de naturaleza política, siempre que la misma se encuentra al margen de las cuestiones de interés municipal y de las competencias que corresponden a la entidad local, de acuerdo con la Constitución y el marco normativo que le sea aplicable. A estos efectos carece de relevancia la doctrina del FJ 2 de la STC 42/2014”.

El portavoz de la Fundación Toro de Lidia, Chapu Apaolaza, recuerda que “ninguna de las ciudades o municipios que quieran declarar su antitaurinismo tiene la capacidad legal para ello o para prohibir los toros. Eso es, hoy por hoy, ilegal. Según la jurisprudencia, ninguna autoridad municipal o autonómica puede dejar de proteger una manifestación cultural legal, como el teatro, el cine o los toros”, apunta. “Tampoco puede declararse un municipio como antiteatro, antitrap, anti-C.Tangana o antidesnudos en la pintura”, agrega.

Esta nueva victoria judicial de la Fundación Toro de Lidia frente a los ayuntamientos declarados contrarios a las corridas de toros se suma a otras dictadas en el mismo sentido como la de Pontevedra en noviembre de 2016, Palma de Mallorca en julio de 2017, Binissalem en noviembre de 2017 y Orihuela en abril de 2018.

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El TSJ balear falla a favor de la Fundación tras la declaración de Calvià como municipio antitaurino

Redacción APLAUSOS

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