La Monumental plaza toros México podrá celebrar a partir de ahora festejos taurinos en los que participen una mayoría de toreros extranjeros, contrariamente a lo que venía sucediendo hasta la actualidad. La Suprema Corte de Justicia de la Nación ha dado la razón a Tauroplaza, la empresa que gestiona el coso capitalino, que interpuso un recurso de amparo en 2018 para acabar con esta restricción.
El fallo de los tribunales considera que el artículo 47 de la Ley para la Celebración de Espectáculos Públicos del Distrito Federal es contraria a los principios de igualdad y de no discriminación que están considerados para todos los gobernados en el capítulo de Derechos Fundamentales de la Constitución, por ello no puede seguir siendo aplicado en este caso como en ninguno otro que sea similar. La resolución determina expresamente “que el artículo 47 de la Ley para la Celebración de Espectáculos Públicos en el Distrito Federal (ahora Ciudad de México) reformado, es violatorio del artículo 5º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, pues la exigencia impuesta en la integración de los carteles para que actúen el 50% (cincuenta por ciento) de mexicanos como mínimo en los festejos que se ofrezcan al público, implica una limitación a la libertad de trabajo”.
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