El Ministerio de Cultura de Perú propone considerar a matadores, novilleros, rejoneadores y banderilleros como artistas ante la Ley. La idea ha quedado plasmada en el Anteproyecto de Ley elaborado para rehacer la existente Ley del Artista, Intérprete y Ejecutante.
El texto de la nueva ley define como artista intérprete y/o ejecutante “a toda persona natural que representa o realiza una obra artística, con texto o sin él, utilizando su cuerpo o habilidades, con o sin instrumento…”. En su artículo 4, bajo el epígrafe "Artistas y trabajadores técnicos comprendidos en la presente Ley", está escrito: "La presente Ley es aplicable a los artistas que a continuación se señalan en forma enunciativa mas no limitativa: (...) banderillero (...), matador, (...) novillero y (...) rejoneador". Junto a los profesionales del mundo de la tauromaquia figuran músicos, actores, directores, cantantes, coreógrafos…
De salir adelante el Anteproyecto, sometido a consulta pública hasta finales del presente mes de noviembre, los toreros estarán considerados legalmente como artistas con los supuestos beneficios que dicha medida conllevaría.
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Perú considera a los toreros artistas ante la Ley
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